Presentación para el 115º período de sesiones del Comité de Derechos Humanos: AUSTRIA

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International Fellowship of Reconcilitation y Conscience and Peace Tax International

INTERNATIONAL FELLOWSHIP OF RECONCILIATION

Presentación para el 115º período de sesiones del Comité de Derechos Humanos

AUSTRIA

(Servicio militar, objeción de conciencia y cuestiones relacionadas)

Actualización: septiembre de 2015 Contacto:

Derek BRETT

InternationalFellowshipofReconciliation

Principal representante ante la ONU, Ginebra

derek.brett@ifor.org

Tel: (41) 77 497 8368

RESUMEN: desde que el servicio militar obligatorio en el estado austriaco moderno ha existido la objeción de conciencia al servicio militar ha sido reconocida por ley. Existen, sin embargo, varias preocupaciones serias en relación a los detalles de las estipulaciones legislativas actuales.

Antecedentes

En virtud del Tratado de Versalles, de 1919, se le prohibió a Austria conservar la conscripción. De 1938 a 1945, se impuso una conscripción en el ejército alemán. La oposición, por lo general, fue clandestina, pero, al igual que en la misma Alemania, una cantidad imprecisa de objetores de conciencia se declararon como tales abiertamente. La mayoría de ellos fueron fusilados.

El servicio militar obligatorio en las fuerzas armadas austriacas se introdujo sólo mediante la Ley de Defensa (Wehrgesetz)de 1955 en la que expresamente se reconocía la objeción de conciencia y permitía a los objetores de conciencia reconocidos como tales realizar un servicio, sin combate, en los cuerpos médicos o clericales; este servicio duraba 12 meses, en comparación con la duración del servicio militar, de 9 meses.1 Dicha Ley se ha modificado varias veces – más recientemente, en 1990 y 2001 –.

Durante el referéndum del 20 de enero de 2013, la ciudadanía austriaca votó en relación a conservar la conscripción. Las cifras publicadas por el departamento de asuntos internos, una vez contados todos los votos excepto aquellos realizados por correo, demostraron que la propuesta había sido rechazada por una diferencia de 59.8% contra 40.2%.

En la Ley sobre Servicio Civil (Zivildienstgesetz), de 1974, se introdujo un servicio civil “sustituto”2 para objetores de conciencia. La legislación que está en vigor actualmente es la versión corregida de la Ley Núm. 679/1986, con subsiguientes enmiendas; la más reciente de ellas, la Ley Núm. 106/2005. En un principio, la duración del servicio civil era igual a la del servicio militar. Toda declaración de objeción de conciencia era sometida a escrutinio individual e incluía comparecer una vez en persona frente a la comisión investigadora. Mediante la Ley enmienda (ZDG-Novelle) de 1991 se abolió este proceso, pero, al mismo tiempo, se aumentó la duración del servicio civil de 8 a 10 meses. Posteriormente, hubo más incrementos: a 11 meses, en 1994; y a 12 meses, en 1996. A través de las Leyes enmienda de 2005, se redujo la duración tanto del servicio militar como del servicio civil a seis meses y nueve meses, respectivamente; manteniendo, así, la proporción de 150%.

En virtud de las disposiciones actuales, todos los ciudadanos austriacos varones, residentes en ese país, tienen obligación de registrarse para el servicio militar durante el año calendario de su cumpleaños 18; así, aquellos nacidos en 1997 se están registrando en 2015. Las únicas excepciones absolutas son los curas, miembros de órdenes sagradas, estudiantes de teología que se estén capacitando para realizar una carrera como ministros, o aquellos que siguen dichos estudios y al mismo tiempo participan en la labor pastoral o enseñanzas espirituales – siempre y cuando, para todos los casos, estos sean miembros de “religiones reconocidas”3. En los casos Gütl vs. Austria y Löffelmann vs. Austria, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos4 determinó violación de derechos pues los Testigos de Jehová, al tener un estatus sólo de “comunidad religiosa registrada”, no se benefician de las completas excepciones otorgadas a miembros de iglesias reconocidas.

Un ciudadano en edad de realizar el servicio militar y cuya residencia principal está fuera de Austria, debe informar de este hecho a la embajada o consulado más cercano. De regresar a vivir a Austria antes de cumplir los 35 años, tendrá tres semanas para presentarse en la sede militar de su provincia. A las personas con doble nacionalidad y “que cumplen con los requisitos del Protocolo de la Haya” se les exige demostrar que ya han realizado el servicio militar obligatorio en las fuerzas del Estado contratante.

A quienes cuentan con la edad apropiada, se les convoca a registrarse en una fecha específica, según el área donde residen y por el orden alfabético de su nombre. La convocatoria también aplica, en principio, a cualquiera responsable de realizar el servicio militar y que, por una razón cualquiera, no se hubiera registrado previamente. Deberán proporcionar documentos de identidad y una cantidad considerable de información médica; la principal función de este proceso es identificar cualquier impedimento médico para el reclutamiento. Los reclutas islámicos y judíos devotos deberán proporcionar un certificado emitido por las autoridades religiosas pertinentes (ambas religiones están dentro de la lista de “religiones reconocidas”); para su llamado se harán arreglos especiales a fin de que sus tareas militares no entren en conflicto con su observancia religiosa; si dicha información fuera proporcionada hasta después del llamado y si fuera, por tanto, imposible hacer los arreglos correspondientes, al recluta en cuestión se le retirará y se le llamará el próximo año.

A partir de su cumpleaños diecisiete, un ciudadano puede anticipar el llamado a registrarse y, previo consentimiento de su padre/madre o tutor(a), puede elegir alistarse en el servicio militar obligatorio antes de cumplir los dieciocho. Ningún recluta está sujeto a un llamado obligatorio sino hasta después de cumplir dieciocho años. El Comité de los Derechos de la Niñez, en sus observaciones finales con relación al informe inicial de Austria en virtud del Protocolo Facultativo de la Convención de los Derechos de la Niñez sobre la participación de menores en conflictos armados (OP/CAC), observó que “la Sección 9, párrafo 2, de la Ley de Defensa Nacional, establece los 17 años como edad mínima para el reclutamiento voluntario” y, recomendó, “que el Estado parte considere la posibilidad de elevar la edad mínima para el reclutamiento voluntario a 18 años”5; el Comité no abordó la presunción cuestionable de que es una opción relacionada con el momento del alistamiento para el servicio militar obligatorio la que hace a este “reclutamiento voluntario”, y que, por tanto, es permisible, sujeto a ciertas condiciones, en virtud del OP/CAC.

Durante el primer ciclo del proceso de Examen Periódico Universal del Consejo de Derechos Humanos, Ghana y Eslovaquia recomendaron a Austria, “Aumentar la edad de ingreso en las fuerzas armadas hasta, como mínimo, los 18 años, conforme a la recomendación de la CRC”.6

En su respuesta por escrito,7 Austria declaró que no aceptaba la recomendación:

La alternativa de cumplir el servicio militar a los 17 años de edad sólo es posible si la persona en cuestión se alista voluntariamente y tiene el consentimiento de su tutor legal. Aun así, no está permitida la participación directa en acciones militares ni el alistamiento voluntario en operaciones internacionales. Al amparo de estas disposiciones se garantiza el pleno respeto de la Convención sobre los Derechos del Niño, incluido su Protocolo Facultativo”.

Se cree que el llamado a registrarse va acompañado de información escrita sobre la posibilidad del servicio civil para objetores de conciencia.8 No obstante, no hay rastro de mención alguna a la objeción de conciencia ni al servicio civil en la sección del sitio web9 del Ministerio de Defensa que contiene información para reclutas; para acceder a dicha información, un objetor de conciencia tendría que encontrar el sitio web de la Agencia para el Servicio Civil (Zivildienstverwaltung).

El requisito del servicio militar se aplica hasta el momento en que la solicitud para realizar el servicio civil es aceptada; ésta debe incluir una declaración de objeción de conciencia que cumpla con lo descrito en la Ley. A modo de ayuda, el formato de la solicitud que puede descargarse del sitio web de la Agencia para el Servicio Civil, proporciona las palabras recomendadas en una declaración para imprimir; todo lo que el solicitante tiene que hacer es firmarla. Dicha declaración reza:

Por medio de la presente declaro expresamente: a) que no puedo realizar el servicio militar ya que me rehúso por motivos de conciencia a recurrir a la fuerza armada en contra de otros seres humanos – excepto en defensa propia o en una emergencia para proteger a otros – y, por tanto, realizar el servicio militar me plantearía una crisis de conciencia; b) por dicha razón, deseo realizar el servicio civil”.10

Sin embargo, las autoridades austriacas han dejado en claro que un objetor de conciencia tiene la libertad de hacer una declaración con sus propias palabras, y que la solicitud no tiene que hacerse usando el formato prescrito; puede, incluso, en la primera instancia registrarse de manera oral.11 Lo anterior puede ser importante en vista de los límites de tiempo tan estrictos que se aplican. En virtud del Artículo 1(2) de la Ley de Servicio Civil, la solicitud para realizar el servicio civil debe hacerse dentro de los seis meses posteriores a la recepción de la notificación de que se es apto para el servicio militar, luego del primer registro; no obstante, el derecho a solicitar realizar un servicio civil se suspende dos días antes de recibir el llamado y hasta que se realice el servicio militar o se rescinda el llamado; no existe posibilidad de cambiarse al servicio civil luego del llamado. Además, los reservistas no pueden declararse a sí mismos objetores de conciencia sino hasta transcurridos tres años a partir del día del primer llamado. No existen estipulaciones legislativas que permitan la liberación de miembros regulares de las fuerzas armadas que declaren objeción de conciencia.

En virtud del Artículo 5a(1) de esta Ley, quienes hayan sido condenados y sentenciados a más de seis meses de cárcel por algún delito violento o por amenaza de violencia mediante uso de un arma de fuego o explosivos, quedan permanentemente excluidos de la posibilidad de realizar un servicio civil. En caso de un cambio de carácter genuino o conversión, la exigencia, en adelante, de realizar un servicio militar armado parecería una forma extraña de doble castigo por delitos menores del pasado. También los miembros de la policía regional (Wachkörper) o autoridades regionales quedan excluidos de la posibilidad de realizar el servicio civil (Artículo 5a(2); presumiblemente, por el hecho de que ya han portado armas. En el Artículo 6(3)(3), de hecho, se sugiere que el haber tenido licencia para portar armas para cualquier propósito, excluye a una persona de la posibilidad de realizar un servicio civil.

Se reporta que en el año 2000, en virtud de nuevas disposiciones de pago, la remuneración de quienes realizan el servicio civil se redujo a aproximadamente la mitad de lo que reciben los conscriptos militares. Esta cuestión se planteó ante el Tribunal Constitucional, el cual determinó que existe un derecho a elegir libremente entre el servicio militar y el civil, y que esta diferencia en los salarios constituía una interferencia con respecto a este derecho. Esta situación seguía aún sin resolverse en el año 2008.12

Quinto informe periódico de Austria en virtud del PIDCP

En el informe mismo de Austria no se menciona la cuestión del servicio militar. Sin embargo, en la Lista de cuestiones, el Comité solicita lo siguiente, “Sírvanse proporcionar información sobre la justificación de la diferencia de duración entre el servicio militar y el servicio civil sustitutorio para los objetores de conciencia, e indiquen en particular si esa diferencia se basa en criterios razonables y objetivos. Indiquen también si el Estado parte considera la posibilidad de elevar a los 18 años la edad mínima para el reclutamiento voluntario en las fuerzas armadas.”13

Y la respuesta de Austria es como sigue:

“La enmienda introducida a la Ley del Servicio Civil de 1991 facilitó el acceso a un servicio civil alternativo al eliminar el procedimiento de examen al que estaba supeditada la objeción de conciencia. El servicio civil alternativo ganó en atractivo y facilidad de acceso gracias a esta modificación. Los hombres jóvenes que optan por el servicio civil alternativo no están sujetos a la legislación penal militar ni a la legislación disciplinaria, no están obligados a usar uniformes y, lo que es más importante, no tienen que vivir en barracones. Para compensar estas ventajas sobre el servicio militar, el legislador austríaco asignó al servicio civil alternativo una mayor duración que al servicio militar”.

“El cumplimiento del servicio militar o civil es obligatorio en virtud del artículo 9a de la Ley Constitucional Federal. El servicio civil se basa en el servicio militar obligatorio, por más que la función desempeñada en el marco del servicio civil no sea militar. La diferencia de duración entre el servicio militar básico y el servicio civil (de 6 y 9 meses, respectivamente) debe considerarse desde una perspectiva holística, teniendo en consideración el nivel de esfuerzo que entraña cada opción, de modo que a juicio de los tribunales supremos no infringe el principio de igualdad”.

Austria es parte en la Convención sobre los Derechos del Niño, así como en su Protocolo Facultativo relativo a la participación de niños en los conflictos armados. Los artículos 9, 41, párrafo 2, y 57 de la Ley de Defensa de 2001 (Wehrgesetz 2001) cumplen íntegramente los requisitos establecidos por la Convención. No obstante, es posible, bajo ciertas condiciones, alistarse voluntariamente en el ejército austríaco a los 17 años de edad. En virtud el artículo 9, en conjunción con el artículo 57 de la Ley de Defensa de 2001, un chico de 17 años debe actuar por voluntad propia y contar con la autorización escrita de su padre o tutor para ingresar en el Ejército. La intención de esta norma es brindar la posibilidad de incorporarse a filas a los jóvenes que han concluido con éxito su aprendizaje o educación a los 17 años. La mayoría de los empleadores consideran el cumplimiento del servicio militar obligatorio o del servicio civil sustitutorio como condición indispensable para ofrecer un contrato de trabajo. Sin embargo, el Ejército Federal austríaco no publicita activamente esta ventaja ni promueve en modo alguno el reclutamiento de menores de 18 años de edad”.14

El hecho de que el aumento en la duración del servicio civil alternativo en un 50% más en comparación con el servicio militar se explique diciendo que el servicio civil se volvió más atractivo una vez que dejaron de examinarse las declaraciones de objeción de conciencia, implica que, en efecto, esta medida tiene la intención de disuadir a los jóvenes de optar por el servicio civil. Es difícil ver cómo este efecto puede lograrse sin tener condiciones discriminatorias y punitivas para el servicio alternativo. Aunque se acoge con beneplácito el hecho de que Austria abandonara la práctica de examinar las declaraciones individuales de objeción de conciencia – existe una imposibilidad inherente a este tipo de intentos de poner a prueba las motivaciones internas de otra persona – sustituir una forma de juicio por una experiencia desagradable no es un resultado satisfactorio.

Antes de 1991, la misma Austria no creía que por el hecho de que los objetores de conciencia no estuvieran sujetos a la ley militar, no tuvieran que usar uniforme ni vivir en cuarteles, fuera necesario exigirles un servicio de mayor duración. Otros Estados15 en los que se aplican las mismas diferencias en las condiciones de los servicios no se han visto impedidos para igualar la duración de los mismos. Tampoco está del todo claro si los ejemplos citados realmente contribuyen al “nivel de esfuerzo”. ¿El no tener que usar uniforme realmente resulta en menos esfuerzo? ¿Acaso en el servicio civil las personas no viven en el lugar de su servicio? En cualquier caso, es igualmente significativo para las personas involucradas el tiempo que el servicio les quita del resto de su vida, estudios, desarrollo profesional y potencial de ingresos. Con respecto a esto último, la respuesta a la lista de cuestiones no menciona otro de los incentivos para no realizar el servicio civil: una tasa de pago establecida a un nivel tal que por los nueve meses de servicio civil un joven ganará sustancialmente menos que por seis meses de servicio militar. Lo único que cambió en Austria en 1991 fue que elegir realizar el servicio militar o el civil se volvió una decisión libre; como ya se observó antes, el tribunal constitucional ha definido esto como un derecho, lo que debería significar que no puede haber dudas en relación a que el gobierno no hará nada que interfiera con la capacidad de los individuos en cuestión para ejercer esta elección sin impedimentos.

Siempre que los gobiernos sienten que es necesario imponer condiciones punitivas al servicio civil, ello parece estar basado en la concepción errónea de que de no hacerlo, nadie eligiría el servicio militar. De hecho, sólo a una minoría de jóvenes la clásica plaza para cuidar personas en una institución mental o geriátrica le parecería más atractiva que las actividades militares. También, debe observarse que aquellos que eligen libremente el servicio militar ciertamente serán mejores soldados que aquellos que realizan el servicio sin ganas de hacerlo.

La respuesta a la cuestión del reclutamiento voluntario de jóvenes de 17 años es débil. Claramente, Austria sabe que es indeseable reclutar a personas menores de 18 años, aun cuando el texto del OP/CAC no prohíba esto de una manera absoluta. Se ensalza como virtud el hecho de que el ejército no anuncie o promueva dicho reclutamiento. La explicación proporcionada sobre las características estructurales que pudieran hacer que la realización temprana del servicio militar les pareciera a algunos jóvenes que es en el interés superior de ellos – que podrán haber terminado su educación y/o instrucción y que los empleadores dudan en contratar personas que no han realizado el servicio civil – sugiere que la atención debería dirigirse hacia atender esas características de alguna manera en lugar de simplemente responder mediante admitir menores en el ejército.

Además de los asuntos cubiertos en la lista de cuestiones, podría ser útil preguntarle a Austria sobre algunas de las condiciones que regulan el reconocimiento de los objetores de conciencia y la admisión al servicio civil, incluyendo la exclusión de cualquiera que haya tenido una licencia para portar armas de fuego para cualquier propósito, y, también, cómo concilia los estrictos límites de tiempo para las solicitudes con la libertad de los afectados a cambiar de religión o creencias.

Miembros del ejército, en servicio

Por último, se podría dar atención a la posición de los soldados en servicio de manera profesional que desarrollan objeciones de conciencia.

Austria es miembro del Consejo de Europa, cuyo Comité de Ministros recomendó en 2010 que:

“42. Los miembros profesionales de las fuerzas armadas deberían poder dejar las fuerzas armadas por razones de conciencia.

43. Las peticiones de miembros de las fuerzas armadas de abandonar las fuerzas armadas por razones de conciencia deberían examinarse en un plazo de tiempo razonable. A la espera de que se examine su petición deberían ser transferidos, en la medida de lo posible, a puestos donde no haya combates.

44. Cualquier solicitud de abandonar las fuerzas armadas por razones de conciencia debería, en el caso de ser denegada, ser examinada en última instancia por un organismo imparcial e independiente.

45. Los miembros de las fuerzas armadas que hayan dejado legalmente las fuerzas armadas por razones de conciencia no deberían ser objeto de discriminación o cualquier acción penal. No debería haber ninguna discriminación o proceso por solicitar dejar las fuerzas armadas por razones de conciencia.

46. Los miembros de las fuerzas armadas deberían ser informados de los derechos mencionados en los párrafos 41 a 45 más arriba y los procedimientos disponibles para ejercerlos.16

En el Párrafo H.4 del cuestionario de seguimiento del Consejo de Europa sobre la implementación de esta recomendación, que se distribuyó a principios de 2012,17 se pregunta “¿Pueden los miembros profesionales de las fuerzas armadas abandonar las fuerzas armadas por razones de conciencia? Si la respuesta es sí, favor de explicar las condiciones y el procedimiento, y, en particular, confirmar si dichas solicitudes pueden o no ser revisadas por una autoridad independiente e imparcial. Si la respuesta es no, favor de explicar por qué no y si se está preparando alguna medida para ello”.

Austria respondió que no, y agregó, “No está previsto en el sistema austriaco. Los miembros de las fuerzas armadas puedan abandonar las fuerzas armadas mediante notificar la terminación de su contrato. No se están preparando medidas para cambiar este sistema”.

1 Prasad, D. y Smythe, T., Conscription - a World Survey: Compulsory Military Service and Resistance to it, Londres, (War Resisters International), 1968, págs. 10, 11

2 Aunque el término usual en inglés es “servicio alternativo”, las fuentes austríacas subrayan que su servicio civil es un “Ersatzdienst” – servicio sustitutivo o de remplazo –. En alemán, el término “alternativo” es considerado como que implica una opción abierta a todos, no sólo a los objetores de conciencia.

3 Véanse los Párrs. 290 - 320 del Cuarto informe periódico de Austria en virtud del PIDCP (CCPR/C/AUT/4) y la lista, en: www.help.gv.at/Content.Node/82/Seite.820100.html

4 Solicitudes Núms. 49686/99 y 42967/98; pronunciamientos del 12 de marzo de 2009

5 UN Document Ref. CRC/C/OPAC/CO/2, enero de 2005, Párrs. 5 y 6

6 A/HRC/17/8, 18 de marzo de 2011 (Grupo de Trabajo del 26 de enero de 2011), Párr. 93.47

7 A/HRC/17/8/Add.1

8 Ibid.

9 www.bmlv.gv.at/rekrut

10 Ich erkläre hiemit ausdrücklich, a) die Wehrpflicht nicht erfüllen zu können, weil ich es - von den Fällen der persönlichen Notwehr oder Nothilfe abgesehen - aus Gewissensgründen ablehne, Waffengewalt gegen andere Menschen anzuwenden und daher bei Leistung des Wehrdienstes in Gewissensnot geraten würde, b) deshalb Zivildienst leisten zu wollen

11 Respuesta del gobierno austriaco al cuestionario sobre “mejores prácticas relacionadas con el derecho de todas las personas a tener objeciones de conciencia al servicio militar”, distribuido por la Oficina del Alto Comisionado de Derechos Humanos, 2003

12 Professional soldiers and the right to conscientious objection in the European Union (Information against war, repression, and for another society No 5: Documentation produced for Tobias Pflüger, MEP) Versingte Europäische Links / Nordische Grüne Links, Bruselas, Berlín, Tübingen, octubre de 2008, pág. 11 (también puede encontrarse en el sitio web de War Resisters International: http://www.wri-irg.org/programmes/world_survey/country_report/en/Austria 

13 CCPR/C/AUT/Q/5, 28 de abril de 2015, Párr. 18

14 CCPR/C/AUT/Q/5/Add.1, 4 de agosto de 2015, Párrs. 138-140 (Párrs. 130-132 en la versión oficial en español)

15 Dinamarca, Estonia, Moldova y (antes de que suspendieran la conscripción) también Albania, Alemania, Italia y Suecia

16 CM/Rec(2010)4, 24 de febrero de 2010

17 Véase, Consejo de Europa, Comité Directivo de Derechos Humanos (CDDH) Questionnaire on the implementation of Committee of Ministers Recommendation CM/Rec (2010) 4 on human rights of members of the armed forces: COMPILATION OF MEMBER STATES' ANSWERS, CDDH(2012)016, Final, Estrasburgo, 27 de diciembre de 2012

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