Observaciones finales del Comité de Derechos Humanos: Azerbaiyán

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CCPR/CO/73/AZE
12 de noviembre de 2001

(...)

21. El Comité toma nota de que la ley no prevé la opción de la objeción conciencia respecto del servicio militar, opción que representa un derecho legítimo en virtud del artículo 18 del Pacto.

El Estado Parte debería garantizar que las personas que deban cumplir el servicio militar puedan acogerse al estatuto de objetor de conciencia y realizar un servicio militar alternativo sin discriminación.

(...)

Source: http://www.unhchr.ch/tbs/doc.nsf/(Symbol)/CCPR.CO.73.AZE.Sp?Opendocument

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